El distrito de Puan retrocede a fase 4

La medida rige desde hoy hasta el 15 de enero.

A través de la Resolución 4391/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires de acuerdo a los parámetros sanitarios y la situación epidemiológica en el marco del sistema de fases, el Municipio de Puan ha retrocedido a Fase 4, por tal motivo es que a partir del día de la fecha, 31 de diciembre de 2020, y hasta el día viernes 15 de enero de 2021 inclusive se establecen las siguientes disposiciones:

  • Se PROHIBE la práctica de deportes grupales y de contacto físico (fútbol en todas sus modalidades, rugby, hockey y similares en espacios abiertos y cerrados).
  • Se limitan las reuniones religiosas, de instituciones, asambleas y similares a una capacidad máxima de 20 (veinte) personas con pauta de distanciamiento en espacios cerrados, permitiendo una concurrencia mayor a 20 (veinte) personas únicamente al aire libre.
  • Se permitirá el ingreso a cada natatorio municipal al aire libre ÚNICAMENTE a residentes de la localidad. Los residentes sólo podrán ingresar al natatorio para hacer uso del mismo, caso contrario deberán permanecer fuera del vallado que los separa del predio.
  • El natatorio de la localidad de Darregueira continuará cerrado.
  • Se PROHIBEN los eventos culturales, actuaciones artísticas y ferias itinerantes en espacios abiertos y cerrados.

Vuelven los controles policiales a las rutas y se prohíben las fiestas 

 

En virtud del Decreto Ad – Referéndum 1842/20 por medio del cual se implementa la FASE 4 (DiSPO) en el distrito de Puan ante el aumento de casos Covid-19 y en el marco de la celebración de las fiestas, se comunica a los vecinos que se realizarán CONTROLES POLICIALES en accesos al Distrito y en las rutas internas, por lo que se sugiere limitar la circulación entre localidades dada la situación epidemiológica actual.

 

Se recuerda que por disposición provincial se encuentran PROHIBIDAS LAS FIESTAS de concurrencia masiva y sin aforo.

 

Se pide actuar con responsabilidad, respetar los protocolos para el funcionamiento de las actividades comerciales y el cumplimiento de las pautas de distanciamiento a la hora de juntarse con otras personas, en grupos reducidos, al aire libre y sin compartir elementos.

 

Se advierte que serán pasibles de sanciones todas aquellas personas que organicen, motiven o incentiven cualquier aglomeración de personas en incumplimiento de las disposiciones vigentes (Régimen sancionatorio especial según Ordenanza Nº 7262/20)

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