Comunicado del Registro Provincial de Comercialización de Bebida Alcohólicas (REBA)

El escrito hace alusión a la Emergencia Sanitaria enunciada en el decreto 132/20.

Atento al estado de Emergencia Sanitaria declarado en Dec. 132/20 – Art.1°, en marco de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por Ley 15.165 – Art. 20, y en consideración a la suspensión de actividades descriptas en el Art. 3°, primer párrafo del acto ejecutivo citado, es decisión de esta Dirección Provincial la reactivación de aquellas licencias categoría “D” (las cuales se han entregado al comerciante) cuyas actividades son alcanzadas por la medida y fueran suspendidas por encontrarse previstas su realización en el lapso de (15) días a partir de la fecha 12 de marzo del corriente año. Cabe destacar que el lapso de la medida puede ser prorrogado por autoridad ejecutiva.

 

De esta forma, queda a merced del Municipio la determinación de la fecha para la realización del evento primeramente cancelado.

 

Así las cosas, habrán de gestionarse a través del Dto. de Registro, debiendo comunicarse a los teléfonos 0221-4219398 o al 0221-4219019 int 117.

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