Dirigido a Bomberos Voluntarios en situación de revista activa y pasiva, a personas
con discapacidad certificada con certificado único de discapacidad, ex combatientes
de Malvinas, a personas con alto grado de vulnerabilidad social evaluados por
el área de promoción social y a jubilados y/o pensionados.

Corresponderá la Exención de la Tasa por Servicios Urbanos Generales 2026 a los solicitantes que cumplan con los siguientes requisitos
1.- Que se trate de personas físicas.
2.-Ser propietarios de un único inmueble (vivienda única familiar de ocupación permanente).
3.-El monto del ingreso total del grupo conviviente no podrá superar el valor de dos jubilaciones mínimas.
4.- Ser propietarios de un automotor que tenga una antigüedad mayor de diez (10) años.
El solicitante deberá acercarse a gestionar la misma, en las Oficinas de Promoción Social y/o Delegaciones Municipales, durante todo el mes de Octubre, presentando la siguiente documentación según corresponda:
1.- Escritura del inmueble o boleto de compra venta.
2.-Recibo de la Tasa por Servicios Urbanos Generales.
3.- Recibos de sueldo o recibos de haberes previsionales.
4.-Constancia emitida por el Jefe de Bomberos Voluntarios.
5.- Certificado único de discapacidad.
Escribir comentario