El área de Bromatología e Inspección del Municipio de Puan recuerda a comerciantes que,
entre el 1° de diciembre y el 30 de abril de cada año, la prohibición de expendio
de bebidas alcohólicas rige entre las 23 hs y las 10 hs.
De acuerdo a lo publicado en Boletín Oficial la Ley N° 15.109, promulgada por Dec. 11/19, modificando el Art. 1° de la Ley 11.825 en su Artículo 1.- Dispónese en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires la prohibición de venta, expendio o suministro minorista a cualquier título, y la entrega a domicilio de bebidas alcohólicas, para ser consumidas fuera del establecimiento donde se realice la venta, expendio o suministro minorista a cualquier título a partir de las veintiuna (21,00) horas y hasta las diez (10,00) horas. Dicha prohibición regirá desde las veintitrés (23,00) horas hasta las diez (10,00) horas, entre el 1 de diciembre y el 30 de abril de cada año.
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