Gestión de los envases vacíos de fitosanitarios

La Dirección de Producción del Municipio de Puan comunica que: “la ley 27.279 establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de los envases vacíos de fitosanitarios, en virtud de la toxicidad del producto que contuvieron, requiriendo

una gestión diferenciada y condicionada”.

Dicha ley establece la prohibición de toda acción que implique abandono (en la vía pública, calles vecinales, puntos limpios, basurero, espejos y/o cursos de agua, etc), vertido, quema y/o enterramiento de envases vacíos de fitosanitarios en todo el territorio nacional, del mismo modo que la comercialización y/o entrega de envases a personas físicas o jurídicas por fuera del sistema autorizado.

 

El usuario y/o aplicador podrá almacenar temporalmente los envases vacíos de fitosanitarios que se generen como consecuencia de la aplicación de los mismos en sus respectivas actividades, durante un periodo no mayor a 1 (un) año. EVITE SANCIONES.

 

Consultas o más información: 2923  499013 – 498099

 

Se adjunta flyer informativo.

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