Documentación “Ley Alas”

Importantes novedades para los monotributistas 

El Municipio, a través de la Dirección de Producción informa que los vecinos ya se pueden acercar a las oficinas de las localidades de Puan y Darregueira para la entrega de documentación para “Ley Alas” (eximición del pago de ingresos brutos).

 

¿A quién está dirigido?

 

La Ley Provincial de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) está dirigida a emprendimientos de autoempleo, unipersonales, que se encuentren inscriptos en el monotributo común hasta categoría F, social y promovido que requiera facturar. Se otorga por un período de cuatro años, con posibilidad de renovación.

 

No pueden registrarse: profesionales (abogados, contadores, arquitectos, odontólogos, médicos, ingenieros, veterinarios, psicólogos, etc.), tampoco servicios inmobiliarios o seguros, servicios aduaneros, ni emprendimientos que tengan empleados, o personas que deban facturar para encubrir una relación de dependencia, ni empleadas domésticas.

Presentar la siguiente documentación:

  • Comprobante del último pago monotributo
  • Constancia de domicilio o servicio/impuesto
  • Copia DNI (ambos lados)
  • Comprobante de inscripción Arba actualizado (monotributistas sociales de no estar inscriptos en ARBA el alta se tramita al procesar la exención a través de nuestro registro)
  • Constancia de AFIP o de ANSES con código de
  • Actividad coincidente con ARBA.

Para más información acercarse a las oficinas:

 

Puan: Victoriano de Ortúzar e Hipólito Irigoyen. Tel: 2923-498079

Darregueira: Diagonal Padre Niehaus 15. Tel: 2924-401258

 

Capacitación

 

 

El pasado viernes, personal de la Oficina de Empleo de Puan y Darregueira dependiente de la Dirección de Producción, participaron de una capacitación sobre la operación del nuevo Sistema de carga de las UEALAS  (unidades económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia) al Registro provincial, que tiene entre una de sus finalidades la exención al impuesto a los Ingreso Brutos.  

Escribir comentario

Comentarios: 0