Se recuerda que de acuerdo a la Ordenanza Municipal Nº 6504/16 está prohibido en todo
el distrito de Puan la tenencia, utilización, acopio, exhibición, venta, fabricación para
uso particular, uso y manipulación de material pirotécnico, sea este de venta libre
o no y/o de fabricación autorizada. Además, prohíbe la circulación
y transporte al distrito de Puan.
Cabe destacar que de acuerdo al Artículo N° 4 quedan excluidos de la Ordenanza los artificios pirotécnicos para señales de auxilio y emergencias náuticas. Asimismo los espectáculos destinados a entretenimientos de la población o la conmemoración de hechos o días especiales efectuados por instituciones deberán contar con la autorización de los organismos de contralor y prevención de incendios. Para estos eventos especiales se extenderá una habilitación temporaria.
Escribir comentario