La oposición busca darle a los jueces más herramientas para agilizar recuperación de bienes usurpados

La oposición bonaerense presentó un proyecto de ley cuyo objetivo es que los jueces no tengan que hacer las notificaciones previas a la orden de desalojo en caso de usurpaciones, y que la interposición de cualquier recurso jurídico no suspenda la resolución del magistrado.

Se trata de un proyecto de Ley que modifica el Código Procesal Penal de la Provincia, presentado por los senadores de Juntos por el Cambio Juan Pablo Allan, Andrés De Leo y Walter Lanaro.

 

La iniciativa, específicamente, modifica el artículo 231 bis de la ley 11.922 y modificatorias (Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires), mediante el cual se dispone que: “en las causas por infracción al artículo 181° del Código Penal, en cualquier estado del proceso y aún antes de la convocatoria a prestar declaración en los términos del artículo 308° de este Código, el Agente Fiscal o el Juez podrán ordenar provisionalmente la inmediata restitución de la posesión o tenencia del inmueble al damnificado, cuando el derecho invocado por el peticionante fuera verosímil”.

 

En el mismo sentido agrega que “el pedido de restitución podrá ser presentado por la víctima o el particular damnificado directamente ante cualquiera de tales órganos. La solicitud deberá ser resuelta en el menor plazo posible. El reintegro podrá estar sujeto a que se de caución si se lo considera necesario. Y para la procedencia de dicha restitución no será necesario haber notificado previamente a todos los ocupantes del inmueble”.

 

El proyecto establece también que “la resolución que disponga la inmediata restitución de la posesión o tenencia del inmueble será apelable en el plazo de cinco días, sin efecto suspensivo”.

 

“Mediante los cambios aquí sugeridos se pretende consagrar en nuestro ordenamiento procesal penal instrumentos que tiendan a agilizar los procedimientos de restitución de los inmuebles usurpados a quienes hayan sido víctimas de tales delitos, para así garantizar cabalmente sus derechos sobre dicho bien, y al mismo tiempo hacer cesar lo antes posible los efectos del delito en cuestión”, fundamentaron los legisladores.

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