El Municipio de Puan recuerda que es obligatorio el uso de tapabocas en la vía pública y espacios compartidos

La legislación vigente prevé sanciones económicas para las personas o comercios que no acaten lo establecido en el decreto que regula su utilización en el ámbito del distrito. 

La normativa se encuentra enmarcada en el Decreto Ad-ref N°664/20 que estableció el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz y boca (máscaras faciales, tapabocas social) por parte de todas aquellas personas que se encuentren circulando por la vía pública o que concurran a distintos comercios o espacios compartidos, como una medida más de protección, con el objetivo de reducir la transmisión del COVID-19.

 

Además, establece que, para poder funcionar, los establecimientos habilitados, en uso del derecho de admisión que los asiste, deberán impedir el ingreso de personas que no porten el tapabocas social.

 

El incumplimiento de su uso es considerado una falta de especial gravedad aplicándose una multa de entre 30 Unidades fijas (ley 13.927) y 300 Unidades fijas (ley 13.927) a las personas y/o comercios que la incumplan; elevándose las actuaciones al Juzgado de Faltas municipal.

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Decreto Ad-ref 664 USO DE MASCARILLAS
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