¿Cómo se debe realizar el aislamiento social, preventivo y obligatorio?

El Municipio emitió una guía con recomendaciones, prohibiciones y medidas

que son aplicables por el tiempo que dure el periodo de la cuarentena. 

Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del día 20 de marzo de 2020, momento de inicio de la medida dispuesta. 

  • Se prohíbe la circulación (controles en ruta y espacios públicos, plazas, parques, sendas peatonales, pistas de salud y espacios de recreación)
  • El aislamiento solo permite desplazamientos mínimos e indispensables, solo de a 1 persona (supermercado, farmacia, ferreterías, veterinarias, comercios de proximidad).

Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular:

  • Personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia: salud, seguridad, defensa, bomberos, autoridades superiores del estado, justicia (mínimo).
  • Personas que deban asistir a otras personas o personas que asistan a personal esencial, comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  • Servicios de comunicación audiovisual.
  • Industrias, alimentación, limpieza, medicamentos, producción agropecuaria, obra pública, transporte público urbano (Remis) con 1 solo pasajero.
  • Recolección de residuos, servicios públicos básicos, mantenimiento de servicios básicos (electricidad, agua y gas).
  • Transporte de carga, alimento y producción.
  • Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene y limpieza y otros insumos de necesidad.
  • Estaciones de servicio.,
  • Servicios postales.
  • Cajeros automáticos.

El Municipio de Puan a través del Decreto 576/2020 se adhiere al Decreto Nacional disponiendo, a través del Articulo N° 2 que desde el día 20 al 31 de marzo de 2020, todos aquellos  trabajadores y trabajadoras de Administración Central incluyendo a contratados, cuya presencia física no resulte imprescindible para el correcto funcionamiento del Municipio y sus servicios esenciales, podrán permanecer en sus lugares de residencia, debiendo efectuar guardia pasiva durante su jornada de labor, quedando a disponibilidad del Ejecutivo ante cualquier necesidad.

 

El Artículo 3º establece que la determinación del personal indispensable para el cumplimiento del art. 2° será efectuado por el responsable de cada área, quien deberá, a fin de cumplimentar con las competencias propias del sector, tener en cuenta las siguientes consideraciones:

  • necesidad y esencialidad del trabajo;
  • posibilidad de efectuar las labores con menor cantidad de gente;
  • posibilidad de rotación de personal;
  • factibilidad de cumplimiento de menor carga horaria;
  • posibilidad de cumplimentar las tareas bajo la modalidad “home-office”.

Las medidas son dispuestas con carácter temporal y en atención a la dinámica imperante y a la imprevisibilidad de la futura sucesión de los hechos. Podrán ser dejadas sin efecto, prorrogadas o modificadas, atendiendo a la evolución y desarrollo de la situación de la enfermedad COVID-19 y las necesidades del servicio y la población.

 

Las oficinas que suspenderán sus actividades son: juzgado de faltas, descentralización tributaria, cultura, turismo, juventud, deportes, Espacios de Primera Infancia, ambiente, obras publicas, corralón, cooperativa de trabajo y vial. 

 

Oficinas que seguirán funcionando con atención restringida y guardias: Compras, Tesorería, Contaduría, Ingresos, Promoción Social, Bromatología e Inspección, Despacho de Gobierno, Cómputos, Catastro y Mesa de Entradas. 

 

Además aquellos empleados de Hogar Convivencial y Comedor Comunitario continuarán con su labor habitual aplicando los protocolos de prevención. Como así también el servicio de recolección de residuos los días lunes, miércoles y viernes en horario habitual de cada localidad. 

 

*Se adjunta Decreto Nacional y Municipal.

Descarga
cuarentena total 19.34 clean.pdf (1).pdf
Documento Adobe Acrobat 92.5 KB
Descarga
Decreto Ad-ref 576 CUARENTENA CORONAVIRU
Documento Adobe Acrobat 165.0 KB
Descarga
DECRETO AD-REF 576-20 CUARENTENA.pdf
Documento Adobe Acrobat 1.1 MB

Escribir comentario

Comentarios: 0