Libreta de Salud: Respuestas a preguntas frecuentes

En respuesta a inquietudes que surgieron en relación a la Libreta de Salud

Estudiantil y Deportiva, el Ente de Salud.

  • A partir de la promulgación de la Ordenanza N° 6973/18, la libreta de Salud es el único documento válido de evaluación de niños y adolescentes en edad escolar tanto para Instituciones educativas como para Entidades deportivas del distrito de Púan.
  • La misma fue planificada para mejorar la atención de los niños y adolescentes del Distrito, garantizando el control de su crecimiento y su bienestar.
  • El objetivo es que sea completada a conciencia por los profesionales intervinientes y facilitarle los controles de salud a las familias, unificando conceptos y evitando que cada familia tenga que completar múltiples planillas concurriendo  reiteradas veces a realizar trámites similares.
  • La Libreta de salud es el único examen de salud que será solicitado en las Instituciones educativas y deportivas del Distrito de Púan, incluyendo Centro de Educación Física (C.E.F) y Piletas Municipales.
  • Será entregada a cada familia por las Instituciones educativas.
  • Los estudios y evaluaciones solicitados son los requeridos por el control del niño y del adolescente sano, teniendo el profesional tratante la posibilidad de solicitar estudios complementarios en caso de estar indicado. No se solicitan estudios complementarios,  como audiometría, por ejemplo, dado que el estudio audiológico del niño sano se hace al nacimiento y, salvo indicación médica, no es necesario repetirlo de rutina en edad escolar.
  • En el año 2019 se le solicita que realicen los controles correspondientes, en la medida que consulten con el médico de cabecera del menor sin fecha límite de presentación.
  • En el año 2020 se solicita que todos los niños y jóvenes en edad escolar hayan realizado los exámenes correspondientes antes del 30 de mayo y que entreguen fotocopia de la libreta de salud  y de su esquema de vacunación en la Institución educativa a la que concurran y en los clubes deportivos en caso de que realicen algún deporte. La entrega es de carácter obligatorio. No será aportado ningún otro formato para los aptos físicos sin excepción.

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